Respuesta corta: si vendes por internet a clientes de Andalucía, da de alta tu tienda en Hoj@, el sistema de hojas electrónicas de quejas y reclamaciones de la Junta, y pon el cartel oficial con su código QR en la web y en tus documentos de venta. Lo exige la Orden de 24 de abril de 2026 (BOJA núm. 82), en vigor desde el 20 de mayo de 2026.
Las pymes, los autónomos y las tiendas online tienen un año para adaptarse, así que el plazo acaba el 20 de mayo de 2027. Las grandes empresas tenían seis meses: hasta el 20 de noviembre de 2026.
Así se hace, paso a paso.
¿Me afecta si mi empresa no está en Andalucía?
La Orden habla de empresas que venden bienes o prestan servicios en Andalucía. Algunas guías, como la de Lawwwing, entienden que eso incluye a las tiendas online de otras comunidades con clientes andaluces; la Orden no lo dice con esas palabras. Si es tu caso, confírmalo con tu asesor antes de decidir.
Paso 1. Date de alta en Hoj@
El alta la hace el representante legal de la empresa desde la web o la app de Hoj@. Para entrar puedes usar certificado electrónico cualificado, Cl@ve, clave concertada o huella dactilar.
Ten preparado esto:
- El documento que acredita que eres el representante legal.
- Tipo de actividad, dirección física, sede, NIF, teléfono y un correo electrónico válido.
- Las personas que van a gestionar las reclamaciones. La Orden pide al menos dos por empresa y dos por establecimiento. Si eres autónomo, basta con una.
Cuando termines, Hoj@ envía un correo de confirmación a las personas autorizadas. Guárdalo como prueba del alta.
Un consejo práctico: pon como correo de avisos uno que se lea todos los días. Si las reclamaciones llegan a un buzón que nadie mira, el plazo corre igual.
Paso 2. Genera el cartel con tu QR
Desde Hoj@ puedes generar e imprimir el cartel oficial de tu empresa. Cada empresa y cada establecimiento tiene el suyo, con un código QR único que lleva a su hoja electrónica. Un cartel genérico descargado de internet no vale.
Si solo vendes online y no tienes local, te corresponde el cartel para empresas sin dependencias fijas (Anexo IV de la Orden).
Paso 3. Coloca el cartel y el QR en tu tienda
La Orden dice que, si no tienes local, el cartel puede ir en las páginas web, en las aplicaciones de contratación y en documentos como ofertas, presupuestos, contratos o facturas. En una tienda online eso se traduce en estos sitios:
- Pie de página. El cliente lo busca ahí, y sale en todas las páginas. En WordPress con Elementor se añade en la plantilla del pie; en Shopify, en la sección del pie del tema.
- Condiciones de contratación. Añade un apartado de reclamaciones con el cartel o el QR y el enlace a tu hoja electrónica.
- Página de contacto. Junto al formulario y los datos de contacto.
- Proceso de compra. Pon un enlace visible en el carrito o en la página de pago.
- Facturas. Si generas facturas en PDF desde la tienda, el QR va en la plantilla de la factura.
- Email de confirmación del pedido. En WooCommerce se puede añadir en el texto del pie de los correos (WooCommerce > Ajustes > Correos electrónicos). En Shopify, en las plantillas de notificaciones.
Comprueba después que el QR se lee bien desde el móvil y que el enlace abre tu hoja, no una página genérica.
Si además tienes tienda física, ahí va el cartel en papel a la vista del público. Y sigues teniendo que ofrecer hojas de reclamaciones en papel: Hoj@ no las sustituye.
Paso 4. Responde a tiempo
Tienes 10 días hábiles para contestar cada reclamación. Fíjate en cuándo empieza a contar: la reclamación se da por recibida cuando la abres o, si no la abres, a los 10 días naturales del aviso.
La respuesta tiene que llevar una propuesta de solución o la explicación de tu postura. Además, tienes que decir de forma expresa si aceptas o rechazas resolverlo por mediación o arbitraje de consumo.
No responder en plazo es una infracción según el artículo 71.8.3.ª de la Ley 13/2003 de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía.
Errores que conviene evitar
- Usar un cartel genérico en lugar del que genera Hoj@ para tu empresa.
- Poner el QR solo en el pie de la web y olvidar las facturas y los correos del pedido.
- Dar de alta un correo de avisos que nadie revisa.
- Contar los 10 días desde que abres la reclamación sin tener en cuenta el aviso.
- Quitar las hojas en papel del local porque ya tienes Hoj@.
Si prefieres que lo dejemos hecho
En Bulevar360 te acompañamos en el alta y dejamos el cartel y el QR colocados en tu tienda, en WooCommerce, Shopify o PrestaShop. Si quieres, también montamos avisos automáticos para que ninguna reclamación se pase de plazo. Tienes los packs y los precios en hojas de reclamaciones de la Junta de Andalucía para empresas.
Actualizado: octubre de 2026. Basado en la Orden de 24 de abril de 2026 (BOJA núm. 82) y en la página de Reclamaciones y Hoj@ de la Junta de Andalucía. No es asesoramiento legal.